España ha logrado un acuerdo histórico con el Reino Unido en materia fiscal sobre Gibraltar, creando un marco de colaboración entre las autoridades fiscales españolas y gibraltareñas sin precedentes.

Este es el primer acuerdo internacional alcanzado entre España y Reino Unido con respecto a Gibraltar desde el tratado de Utrecht en 1713. Las partes implicadas y afectadas por el acuerdo están de enhorabuena, España consigue su ansiado control fiscal sobre lo que ocurre en Gibraltar en lo que afecta a España o a residentes de España, Reino Unido logra el apoyo de España a sus planes de abandonar la Unión Europea, y Gibraltar se quita el lastre de ser un paraíso fiscal para España, y gana seguridad jurídica para sus ciudadanos y residentes que visitan España con asiduidad.

  • La persona física en cuestión pernocta más de 183 días en España en el año natural. Las ausencias esporádicas (fuera de ambos territorios) se sumarán al territorio donde se ubiquen la mayor parte de las pernoctaciones.
  • El cónyuge o persona de relación similar, ascendientes o descendientes dependientes, residen en España.
  • La única vivienda permanente a su disposición está en España.
  • Dos tercios de los activos netos que se posean directa o indirectamente estén en España.

Adicionalmente, se impide a los nacionales españoles, a partir de la firma del Acuerdo trasladar su residencia fiscal a Gibraltar, y a los extranjeros residentes en España que trasladen su residencia fiscal a Gibraltar se les aplicará la llamada «cuarentena fiscal», hasta ahora solo aplicable a los nacionales españoles que siendo residentes en España mudaran su residencia a un paraíso fiscal.

El Acuerdo establece que aquellos contribuyentes con residencia fiscal en Gibraltar bajo regímenes especiales (HNWI, CAT 2 o HEPSS) no constituirán por sí mismos prueba de residencia fiscal en Gibraltar a los efectos del Acuerdo.

En relación con la residencia fiscal de las personas jurídicas constituidas en Gibraltar bajo ley gibraltareña (o entidades análogas), se establece su residencia fiscal en España cuando las mismas tengan una relación significativa con España, basada en el cumplimiento de alguno de los siguientes criterios:

  • localización de la mayoría de sus activos directa o indirectamente en España,
  • obtención de la mayor parte de sus ingresos en España durante el año natural,
  • mayoría de sus directivos o personas físicas encargadas de la gestión residentes fiscales en España,
  • mayor parte del capital, patrimonio, derechos de voto o beneficiarios bajo control directo o indirecto por personas físicas residentes en España o por personas jurídicas u otras entidades vinculadas con residentes fiscales en España.

Los criterios de atracción de residencia a España a que se refieren las letras c) y d) anteriores solo serán de aplicación a sociedades gibraltareñas constituidas antes de 18 de noviembre de 2018 si a 31 de diciembre de 2018 no son capaces de demostrar determinados indicios de relación significativa con Gibraltar entre los que se destacan la existencia de medios personales y materiales para el desarrollo de una actividad económica de fuente gibraltareña o el pago de impuestos en Gibraltar.

El Acuerdo incluye la eliminación de la doble imposición de conformidad con la normativa interna.

Se crean órganos de enlace entre ambas administraciones que se prestarán asistencia administrativa mutua en materia fiscal mediante el intercambio de información, asistencia en recaudación y traslado de documentos. Las autoridades fiscales gibraltareñas proporcionarán a las españolas información relacionada con: trabajadores transfronterizos, vehículos, embarcaciones, beneficiarios efectivos de sociedades, entidades, trusts ligados a España, así como toda la información, pública o no, sobre los fideicomisos (facilitando el acceso al Registro Mercantil de Gibraltar).

Se crean órganos de enlace entre ambas administraciones, y un comité conjunto de coordinación.

El intercambio de información se podrá aplicar de forma retroactiva desde el 1 de enero de 2014, e incluso desde el 1 de enero de 2011 para determinada información.

Este acuerdo contribuirá de manera significativa a normalizar las relaciones con Gibraltar y mejorará la imagen del peñón que dejará de ser un paraíso fiscal para España.

 

FUENTE: EXPANSION.COM

BERNARD FAY/UHY FAY & CO 28 MAYO 2019